Modificaciones

MODIFICACIONES AL TRATADO

·         Tratado de la Unión Europea, conocido como «Tratado de Maastricht» (1992)

El Tratado de Maastricht reúne en un mismo conjunto que califica como Unión Europea, las tres Comunidades (Euratom, CECA, CEE) y las cooperaciones políticas institucionalizadas en los ámbitos de Política Exterior, de Defensa, de Policía y de Justicia. Modifica el nombre de CEE que se convierte en CE. Además, este Tratado crea la Unión Económica y Monetaria, establece nuevas políticas comunitarias (educación, cultura, cooperación al desarrollo, cohesión) y desarrolla las competencias del Parlamento Europeo (procedimiento de codecisión).

·         Tratado de Amsterdam (1997)

El Tratado de Amsterdam ha permitido ampliar las competencias de la Unión con la creación de una política comunitaria del empleo, la comunitarización de una parte de las materias que antes correspondían a la cooperación en el ámbito de Justicia y Asuntos de Interior, las medidas destinadas a aproximar la Unión a sus ciudadanos y la posibilidad de cooperación más estrecha entre algunos Estados miembros (cooperaciones reforzadas). Por otra parte, amplía el procedimiento de codecisión y el voto por mayoría cualificada, y realiza una simplificación y una renumeración de los artículos de los Tratados.

·         
Tratado de Niza (2001)

El Tratado de Niza se dedica esencialmente a los «asuntos pendientes» de Amsterdam, es decir, a los problemas institucionales vinculados a la ampliación que no se resolvieron en 1997. Se trata, en concreto, de la composición de la Comisión, de la ponderación de votos en el Consejo y de la ampliación de los casos de voto por mayoría cualificada. También simplifica el recurso al procedimiento de cooperación reforzada y aumenta la eficacia del sistema jurisdiccional.

·         Tratado de Lisboa (2007)


El Tratado de Lisboa introduce importantes reformas. Pone fin a la Comunidad Europea, suprime la antigua estructura de la UE y establece un nuevo reparto de competencias entre la UE y los Estados miembros. Asimismo, se introducen modificaciones en el modo de funcionamiento de las instituciones europeas y en los procesos de toma de decisiones. El objetivo es mejorar el proceso decisorio en una Unión ampliada que consta de 27 Estados miembros. El Tratado de Lisboa supone además la reforma de varias políticas interiores y exteriores de la UE. En particular, dota a las instituciones de la capacidad de legislar y les otorga competencias en nuevos ámbitos políticos.

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